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Acoso Sexual Laboral

Generalmente escuchamos hablar del acoso sexual, y en preciso explicar que es un tipo de violencia sexual que se ejerce sobre un subalterno o persona sobre la que se tiene una posición jerárquicamente superior obligándola o seduciéndola a tener relación de tipo sexual.

La víctima de acoso sexual termina por temor a perder el empleo cediendo a complacer al superior jerárquico o renunciando al empleo con el que sostiene a su familia, muchas veces por no encontrar el apoyo para denunciar el acoso y en otras por temor a represalias en su contra.

Este tipo de violencia es más frecuente de lo que pensamos, pero es raramente denunciado porque como explicamos la victima tiende a callar por temor y además por la dificultad probatoria que conlleva este tipo de delito, considerando que la persona a ser denunciada es quien ocupa una posición jerárquicamente superior lo que dificulta la obtención de pruebas dentro del ambiente laboral.

Nuestro código penal modificado por la ley 24-97 sobre violencia de género e intrafamiliar sanciona el delito en el artículo 333-2. El acoso sexual se castiga con un año de prisión y multa de cinco mil a diez mil pesos, pero según nos indica la misma ley en el artículo 333 literales d y f constituye una agravante cuando la agresión sexual es realizada por una persona con autoridad y que haya utilizado esa autoridad para recibir la gratificación sexual en cuyo caso la sanción puede llegar hasta 10 años de reclusión y multa de cien mil pesos.

En un tipo de violencia que debe ser afrontado con mucha responsabilidad tanto por parte de las instituciones quienes tienen la obligación de promover un ambiente seguro y libre de violencia a sus empleados, como por parte del Estado de perseguir y sancionar a quienes cometan la infracción y sobre todo de educar y crear consciencia de las terribles consecuencias que ocasiona a la víctima el acoso sexual.

Dentro de las consecuencias que puede sufrir una persona víctima de acoso sexual están los trastornos a nivel físico y psíquico, con consecuencias en lo familiar y en lo económico; también dentro de las organizaciones en la que se producen situaciones de acoso sexual son claramente damnificadas a raíz del bajo rendimiento, el ausentismo, la tensión en el ambiente de trabajo, la pérdida de recursos humanos competentes. El deterioro sobre su imagen, condiciones todas que redundan negativamente en la productividad de la persona y de la empresa.

Así mismo en el Estado el acoso sexual significa una dificultad para cumplir con el rol de garante del ejercicio pleno e igualitario de los derechos humanos de todas las personas, lo que impacta en gastos administrativos y judiciales para el tratamiento de denuncias por acoso sexual.

Lic. Katherine Matos
Experta en Derecho de Familia

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