Los registradores mercantiles de las cámaras de comercio y producción del pais no recibirán para fines de registro, matriculación o renovación ninguna documentación societaria correspondiente a las compañias que no se hayan ajustado a los requerimientos de la nueva ley en los plazos establecidos.
De la misma manera podrá verse impedido de realizar sus transacciones comerciales cotidianas con otras empresas, asi como con diversas instituciones que requieran la documentación actualizada de su sociedad.